Lo que dicen los especialistas

"Hay que tener claro que nadie abandona su país sin motivo, excepto aventureros y turistas, y éstos no piden asilo"

Raúl Báez

Asesor legal del Programa de Inmigrantes y Refugiados de Cruz Roja Española y Gerente de la Fundación Migrar. Cruz Roja es una organización internacional con más de 150 años de historia con una gran participación social y de voluntariado, que ayuda a personas vulnerables en el ámbito nacional e internacional.

Entrevista realizada en febrero de 2016.

¿CÓMO SE REGULA EL DERECHO DE ASILO EN ESPAÑA?

En España ha habido tres leyes que regulan el derecho de asilo. La primera de ellas en 1984, que se modificó posteriormente en el 1994, y la última en vigor es la de 2009. En ellas se recogen las dos maneras de presentar la solicitud: en el puesto fronterizo o en territorio.

Si la persona no tiene los requisitos necesarios para acceder al territorio nacional es en el mismo puesto fronterizo donde deben formalizar la solicitud. Los plazos del procedimiento en frontera están marcados por ley e implica que la persona solicitante debe permanecer en el puesto fronterizo, es decir, hasta que la Oficina de Asilo resuelva el caso está detenida en la comisaría de policía. Esto puede llevar entre 4 y 10 días de tiempo.

Por otro lado, cuando las personas ya están dentro del territorio (accediendo legalmente o de manera irregular) pueden solicitar asilo directamente en cualquier comisaría de policía o en la Oficina de Asilo en Madrid durante el primer mes desde que se produce la entrada (o justificar porque no se ha hecho dentro de ese plazo). Es importante señalar que no se sanciona la entrada irregular ni en el marco español ni en el europeo si va a solicitar protección.

La diferencia entre ambas es que en el territorio no hay detención y en el puesto fronterizo sí.

¿EN QUÉ CONSISTE UNA SOLICITUD DE ASILO?

Una solicitud de asilo es un relato detallado en el que se acredita la verosimilitud de la situación por la que dicha persona solicita asilo. Hay que tener en cuenta que ley dice que no se precisan pruebas porque es muy difícil que un refugiado que ha sido víctima de tortura, por ejemplo, pueda traer un vídeo o un certificado de las autoridades que le han torturado.

Por lo tanto, la ley habla de indicios por los que los instructores de la Oficina de Asilo o el personal de una ONG constatan que el relato puede ser verídico.

Esta constatación de veracidad se hace contrastando el relato con información que proporcionan las embajadas españolas en la zona, informes de organizaciones internacionales con suficiente acreditación como Amnistía Internacional o Human Rights Watch. En la solicitud se intercalan los alegatos del solicitante con datos precisos de estos informes para dotarlos de una credibilidad.

Si esa credibilidad llega a la mente del instructor lo que se va a producir es una admisión a trámite, es decir que la solicitud de asilo es previamente analizada para decidir si se va a estudiar en el fondo.

La gente debe saber que es muy complicado trabajar en estos campos por la implicación emocional, constantemente relatan historias muy duras.

En frontera, la persona está detenida hasta que la Oficina de Asilo responde a su solicitud.

¿CÓMO AFECTA A ESTE PROCEDIMIENTO EL TRATADO DE DUBLÍN?

Actualmente, el reglamento de Dublín determina específicamente cuál de los 28 Estados miembros es el responsable de estudiar la solicitud de asilo. El fin que se perseguía era evitar lo que se llamaba “solicitantes en órbita”, es decir que una persona que viera denegada su solicitud de asilo en un Estado no fuera a otro a solicitarlo.

La primera resolución que esperamos después de presentar la solicitud es si la Administración cree que España debe estudiar ese caso

PARA QUE PODAMOS PONERNOS EN LA SITUACIÓN DE UNA PERSONA QUE QUIERE SOLICITAR ASILO, ¿QUÉ ES LO QUE TENDRÍA QUE HACER?

En frontera todo es muy rápido, desde que se solicita en el puesto fronterizo (Melilla-Nador, aeropuertos de Barajas y El Prat) la Administración dispone de 4 días para responder. Si su respuesta es negativa el solicitante tiene 48 horas para pedir un re-exámen y, la Administración, otros 2 días para responder.

En territorio el caso es diferente. Si estamos en Madrid, lo primero es solicitar una cita previa a la Oficina de Asilo para formalizar su solicitud. Es importante tener en cuenta que en la Oficina de Asilo y Refugio (dependiente del Ministerio del Interior) es única para todo el país y se encuentra en Madrid, esto es mejor para el solicitante ya que allí se dirigen el resto de solicitudes que se producen en territorio vía comisaría de policía.

Actualmente se está demorando entre 1 y 2 meses la primera respuesta, pero esto cambia mucho. Estos últimos meses ha habido hasta 8 meses de espera (esto es imposible para una persona que necesita protección), no obstante, se ha ido acelerando y ahora ha mejorado.

Finalmente, se acude a la Oficina de Asilo para hacer la entrevista, en donde los funcionarios que instruyen los casos (en realidad cada solicitud se trata de un expediente administrativo) están especializados por zonas geográficas y disponen de una información muy completa de los diferentes países que configuran esa zona y de las situaciones de conflicto o persecución de grupos o personas en el mismo.

De la entrevista se sale con un documento provisional de solicitante de asilo con una foto y los datos de filiación. Ya con su estancia es regular en España y esta persona no puede ser expulsada hasta que llegue la resolución. En este momento también se le informa que dispone de programas de ayuda en las ONG si no dispone de medios.

La primera resolución que esperamos después de presentar la solicitud es si la Administración cree que España debe estudiar ese caso.

Y SI UNA PERSONA PRESENTA LA SOLICITUD DE ASILO EN OTRA PROVINCIA. ¿SE DESPLAZAN FUNCIONARIOS DE LA OFICINA DE ASILO A DICHA PROVINCIA O ES LA POLICÍA LA ENCARGADA DE HACER LA ENTREVISTA?

No, se tramita directamente en la comisaría de Policía y se deposita ahí la solicitud. El agente es un mero transmisor, no decide, simplemente proporciona el impreso estandarizado y hace todas las cuestiones con derecho a intérprete si no conoces el idioma, derecho a asistencia sanitaria si lo requiere y de presencia de un abogado si también lo requiere. El abogado también puede hacer preguntas y re-preguntas.

Los apartados son muy objetivos excepto uno, que es explicar detalladamente lo que le ocurrió, y esto es importante como comentaba antes, tiene que dar el máximo de detalles hasta un nivel que nos parecería absurdo. No basta con decir: “entró la policía y me detuvo”, debes decir qué tipo de policía, el nombre del cuerpo de policía, qué uniforme llevan, qué calle, si había cerca un banco o una iglesia… Estos detalles sirven para probar la verosimilitud del relato porque no llevan pruebas.

Esto supone otro problema añadido porque se da una diferenciación entre los que están en Madrid y los que están en el resto del Estado. Como en todo procedimiento administrativo hay un trámite de audiencia en el que el instructor te llama para una entrevista (y si no acudes se archiva). En algunas etapas, los instructores se desplazaban a determinadas provincias si se daban ciertos casos interesantes, yo conozco de cerca el caso de Canarias pero también se han trasladado a Barcelona o a Andalucía. Pero lo general es que los citen en la OAR en Madrid, en cuyo caso, Cruz Roja valoraría cubrir su transporte.

¿CUÁLES SON LOS MOTIVOS POR LOS QUE UNA SOLICITUD DE ASILO PUEDE NO SER ADMITIDA PARA SU ESTUDIO EN PROFUNDIDAD?

Un motivo de inadmisión a trámite puede ser que sea que le corresponde a otro país. Por ejemplo: Puede darse el caso de que una persona entrase por Bélgica y luego viene a España y pide asilo, España constata que ha entrado por otro país y en virtud del reglamento de Dublín, corresponde a Bélgica el estudio. Entonces España dicta una orden a Bélgica indicándole estas circunstancias para que acepte el caso. Y en el momento en el que Bélgica acepta esa persona es derivada a Bélgica.

Los otros motivos pueden ser que una persona que ya ha pedido asilo y se le ha denegado (motivo de reiteración de una solicitud) o que la credibilidad sea evidentemente muy mala y se le inadmite. Entonces esta persona vuelve a ser un inmigrante irregular y nunca se vuelve a estudiar su solicitud en el fondo.

Hay que decir que la mayoría de las solicitudes están siendo admitidas a trámite.

En la entrevista tienen que dar el máximo número de detalles hasta un nivel que nos parecería absurdo

¿Y QUÉ OCURRE UNA VEZ QUE SE HA ADMITIDO A TRÁMITE?

Una vez admitida a trámite, la Administración debería dictar una resolución a los seis meses, lo cual no se produce y es entendible debido a la complejidad misma de la tramitación y de los casos… Aunque también influye el volumen de solicitudes.

Actualmente, el año viene a ser la media… Pero hay casos cuya tramitación lleva más tiempo. Aunque estos datos pueden variar porque se están aplicando medidas que buscan descongestionar el proceso.

Ahora bien, esto beneficia en cierta manera al solicitante ya que España dispone de un programa de acogida. Esto es obligatorio a nivel europeo debido a la Directiva de Acogida obliga a los Estados firmantes a proporcionar una plaza de alojamiento desde el momento que solicita asilo y si en seis meses no ha habido resolución (y su solicitud ha sido admitida a trámite) ya puede acceder al mercado de trabajo. Esto tiene su lógica porque “yo Administración” tengo la obligación de responder en 6 meses y mientras no puedes trabajar porque yo te brindo todas tus necesidades básicas: alojamiento, manutención, etc.

Cruz Roja tiene varios centros en diferentes provincias españolas, y lo que hacemos en este tiempo es proporcionarles el mayor número de herramientas que les permitan llevar una vida con independencia lo más rápido posible.

Cuando las personas llegan al país donde solicitan asilo han añadido nuevos traumas por el camino

¿CUÁNTAS PERSONAS SE ATIENDEN EN UN AÑO?

Nosotros en 2015 atendimos a 5500 en 176 plazas, que puede resultar paradójico pero hay que tener en cuenta que existe una gran rotación debido a las fases del programa oficial. Hay una comunicación diaria con el Ministerio para gestionar los alojamientos y las plazas.

El primer mes hay una fase de acogida, después el Ministerio los distribuye a los centros donde están seis meses, luego si se sale del centro porque se ha agotado este plazo pero no se ha tenido respuesta, hay ayudas puntuales para el alquiler, transporte… Estaríamos ya en una fase de integración supervisada que únicamente se puede prolongar hasta los 18 o 24 meses en casos muy puntuales (personas mayores o enfermos en la familia).

¿CUÁL ES EL MAYOR HÁNDICAP CON EL QUE SE ENCUENTRAN LAS PERSONAS SOLICITANTES DE ASILO?

El mayor problema con el que nos encontramos a la hora de la integración de las personas refugiadas es el mercado de laboral. Suena duro desde la perspectiva de las personas que estamos en contacto con ellos porque nos encontramos con situaciones de “ahora qué hago”, “me tengo que ir y no tengo nada”… Pero no podemos tener una visión paternalista, lo que tratamos es que sean independientes en el contexto actual… La crisis económica no lo pone fácil pero como ocurre al resto de las personas, depende de muchos factores, habilidades y también de la suerte.

¿QUÉ SOPORTE O ASISTENCIA JURÍDICA RECIBEN A LA HORA DE PREPARAR SU SOLICITUD DE ASILO POR PARTE DE LAS ONG?

La Policía antes de que pidiesen una cita les indicaba que contactasen con las ONG para que les ayudasen a preparar la solicitud. Entonces muchas veces el abogado de la ONG prepara o incluso escribe la entrevista, como ya os comentaba, la entrevista dura varios días porque requiere de un relato coherente muy exhaustivo. Además el abogado también puede acompañar al solicitante durante la declaración y ayudar con preguntas y re-preguntas.

En los casos en los que han sufrido torturas por parte de los cuerpos policiales de su país de origen y temen el ámbito policial, el papel de los abogados de las ONG es muy importante porque pueden elaborar el relato de la instancia en la propia oficina de la ONG, creando un entorno de mayor confianza y seguridad, que se incorpora a los documentos oficiales.

La máxima es que no puede haber lagunas en el texto, por esta razón en la primera entrevista se entra en contacto con el tema, en la segunda se concretan los detalles y en la tercera se completan o explican las dudas que puedan quedar. Nuestro papel como abogados es trasladar a la Administración lo que estamos viendo, si una persona está colapsada o en estado de shock por recordar los hechos y, por ello, hay incongruencias en el texto, debemos explicarlo a partir del documento aportado.

Todas las historias son muy duras. Son personas que han tenido que dejar tu país por un motivo traumático, todavía les queda familia allí en peligro, las rutas son tremendamente peligrosas… Cuando estas personas llegan al país donde solicitan asilo han añadido nuevos traumas por el camino: violaciones a las mujeres, explotación laboral, esclavitud, muerte, hambre, malos tratos… Hay que tener claro que nadie abandona su país sin motivo excepto aventureros y turistas, y éstos no piden asilo.

A NIVEL ECONÓMICO, ¿ES EL ESTADO EL QUE SE OCUPA DE LOS GASTOS DERIVADOS DE LA ACOGIDA O SON LAS ONG?

Es el Estado con fondos de la Unión Europea, fondos del propio Estado español a través de los Presupuestos Generales del Estado. Lo que ocurre es que luego contrata los servicios a Organizaciones No Gubernamentales, en concreto con Cruz Roja, CEAR y ACCEM.

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Pero es muy importante recalcar que este sustento económico está destinado únicamente para aquellas personas que carecen de recursos, y por lo tanto, están en riesgo de exclusión. El programa excluye directamente a las personas que tienen medios, por lo tanto, a raíz de las noticias sobre la confiscación de bienes a los refugiados en otros países europeos, en España esto no se podría dar porque directamente quedan excluidos del programa de ayudas.

Efectivamente no somos detectives pero la observación de elementos externos como la vestimenta o sus redes nos ayudan a saber si disponen de recursos económicos, quién llega en patera nada más verlo sabes que no tiene medios. Es raro que alguien que dispone de medios o familiares acuda a Cruz Roja u otra ONG para que sea protegido.

La consecuencia de la inactividad de la Unión Europea es que hay gente que se aprovecha de las personas refugiadas

POR LO QUE NOS CUENTA, ¿DEBE SER MUY DURO ENCONTRARTE CON ESTA DESPROTECCIÓN Y TRABAS BUROCRÁTICAS EN EUROPA NO?

Hay muchas desventuras por las que tiene que pasar un solicitante. Es muy duro haber sido perseguido en tu país y luego encontrarte este tipo de protección en un país occidental y que te veas en la calle.

Hay que ponerse en el lugar de un refugiado, pensar que no pueden volver a su país bajo peligro de desaparición física, que todas las casas de su barrio (que podría ser el nuestro) están bombardeadas, su hogar es de peligro máximo, no hay comida… ¿Tú te quedarías allí? Yo no tendría claro lo que haría… En este caso la Memoria Histórica viene muy bien para recordar a los más de 500.000 españoles que cruzaron a pie los Pirineos en tan sólo dos meses del año 1939, y ahora estamos hablando de más de 160.000 personas que deberíamos haber acogido hace meses y ven problemas.

Los españoles lo hicieron, los alemanes del Este lo hicieron, los húngaros lo hicieron… La gente debería saber que más allá del miedo y el rechazo, da mucho orgullo a un país proteger a personas que buscan refugio.

Eso sí, la integración no se produce de forma espontánea, hay que hacer actividades para ello. Todos y todas somos parte de este proceso y podemos ayudar a que conozcan cómo funciona la sociedad española, sus valores, tradiciones… Hay que hacer una acción proactiva para integrar a las personas.

¿QUÉ RESPUESTA CON LAS HERRAMIENTAS DEL DERECHO DE ASILO EN LA MANO SE PUEDE DAR A LA ACTUAL “CRISIS DE REFUGIADOS” QUE VIVE EUROPA?

Es importante diferenciar que no todo el mundo es perseguido para obtener el estatuto de refugiado según la Convención de Ginebra. Los sirios no son perseguidos individualmente con carácter general, aunque también pueden darse casos, pero sí que entran dentro de la protección subsidiaria que se aplica a aquellas personas que en caso de ser devueltas a su país sufrirán daño grave como es pena de muerte, desaparición física, trato inhumano y degradante, o en su país hay una situación de violencia generalizada.

Otra directiva que se podría aplicar es la que recoge a los desplazados temporales. Esto no se ha aplicado nunca pero es muy apropiado para estos hechos ya que en caso de afluencia masiva de personas hay una Directiva para aplicarlo, aunque tiene sus pros y sus contras.

Pero los sistemas de asilo son nacionales, aunque se hayan conseguido hitos a nivel europeo para armonizar las normativas pero las decisiones son nacionales. Esto es un hándicap para la gestión de estas solicitudes con un criterio europeo común... Si echamos la vista atrás con la guerra de Yugoslavia, vemos como España con una tasa de paro superior a la actual mandó buques de guerra para buscar a 2500 personas.

Ahora el contexto europeo es más complejo, son más países integrantes de la Unión y el acuerdo no llega. Al final los grandes perjudicados son las personas porque corren muchos peligros. La consecuencia de la inactividad de la Unión Europea es que hay gente que se aprovecha de esta gente vulnerable, si estas personas tuvieran un acceso seguro (y es muy fácil constatar quienes huyen de la guerra en Siria) no tendríamos el problema de los 100.000 menores en paradero desconocido, la violencia sexual que sufren las refugiadas, trata de seres humanos, etc.

Ante esta situación, Europa debería acelerar todavía más la protección. Es lastimoso que en Europa, un continente desarrollado, no se haya podido proporcionar una seguridad de antemano y desaparezcan personas…

¿CUÁLES SON LAS “LAGUNAS” O PUNTOS MÁS DESFAVORABLES DEL SISTEMA DE ASILO ESPAÑOL?¿EXISTE ALGÚN SISTEMA DE ASILO EN EUROPA QUE SIRVA COMO “MODELO” PARA EL RESTO?

No conozco en profundidad los sistemas de asilo de los distintos países de la Unión Europea, pero lo que sí que sabemos es que hay países con mejores recursos y mejor economía. Alemania por eso es tan atractiva para las personas que quieren pedir asilo, es famosa en el mundo entero por su potente industria y es en esto en lo que piensan las personas solicitantes de asilo… en la situación económica del país y las posibilidades de construir una nueva vida, no creo que sean conocedores en detalle de qué sistema de asilo es mejor.

En cuanto a normativa suelen ser muy similares, pero lo que sí que diferencian en las cuantías de las ayudas y la duración de las mismas, y esto sí que puede ser un reclamo… Aunque más allá de esto, el factor cultural es muy importante, la relación “colonia-metrópoli” hace que haya una tendencia a que todo africano francófono se vaya a Francia y el anglófono a Reino Unido, buscan la identidad cultural y el idioma.

¿QUÉ TIPO DE ACUERDOS O CONVENIOS EXISTEN ENTRE LA UNIÓN EUROPEA Y LOS PAÍSES DE SALIDA DE LOS SOLICITANTES DE ASILO?

Hay una figura de la que no hemos hablado que es el reasentamiento. Es una figura de protección más duradera, se refiere a personas refugiadas en un tercer país pero que éste no puede ofrecer las condiciones mínimas de acogida y lo que hacemos es traerlas aquí. Los países europeos tienen programas de reasentamiento a través del ACNUR. Por ejemplo, nosotros nos trajimos de Túnez a una persona de Eritrea que ya tenía reconocido el estatuto de refugiado en un campamento en Túnez.

Pero es diferente de “las cuotas”, cuando se habla de cuotas se refieren a la reubicación de urgencia de personas sin que tengan reconocido el estatuto de refugiado para descongestionar una situación en la que hay mucho volumen de afluencia. No obstante, sea cual sea el mecanismo hay que trabajar las expectativas cuando llegan al país de acogida y la integración.

¿CONSIDERA QUE LA INACCIÓN DE LA UNIÓN EUROPEA ESTÁ TENIENDO CONSECUENCIAS EN EL AUGE DE LAS IDEAS XENÓFOBAS?

Nosotros dotamos de gran importancia al derecho de asilo. Particularmente yo, llevo toda mi vida dedicada a esta figura porque considero que es una de las figuras jurídicas de mayor contenido democrático. El derecho de asilo se remonta a la Edad Media y en cualquier contexto humano ha habido motivos de persecución, en el contexto actual razón de más.

Si queremos distinguirnos como un país democrático, debemos de proteger nuestro sistema de acogida. En España debemos cuidar para que no calen ideas xenófobas infundadas y sin base científica… Tenemos un buen sistema de asilo y somos una sociedad que acoge e integra a las personas sin problemas, y debemos seguir trabajando en esta línea.